COMUNICADO DE LA JUNTA DIRECTIVA DE LA ASOCIACIÓN DE PROFESIONALES DE LA GESTIÓN CULTURAL DE CANARIAS.
Algunas contrataciones de personal directivo en las corporaciones locales desvirtúan los procedimientos establecidos y no garantizan la idoneidad y capacitación profesional de los nuevos cargos.
El reciente proceso electoral vinculado a la renovación de la representación política en las corporaciones locales ha traído consigo la posterior apertura de procedimientos conducentes a la contratación de “personal eventual directivo”.
Esta categoría laboral, vinculada a la profesionalización de la administración local, se basa en la competencia profesional y experiencia en el desempeño de puestos similares, además de en una implícita “confianza política”. Lamentablemente, la experiencia apunta a una aplicación sesgada de este doble criterio (capacitación profesional y confianza política) en detrimento de la idoneidad y cualificación y que desvirtúa muchos de estos procedimientos.
La Junta Directiva de la APGCC quiere manifestar su preocupación por el uso de criterios claramente insuficientes e inadecuados para definir las mínimas competencias profesionales para el desempeño de puestos directivos de relevancia en el ámbito concreto de las políticas públicas en materia de cultura.
El ejercicio profesional de la gestión cultural ha ido adquiriendo en las últimas décadas una mayor exigencia en cuanto a la formación académica y experiencia mínima de sus profesionales. Por ello, consideramos que la confianza política puede ser tenida en cuenta como condición necesaria, pero no suficiente, ni en detrimento de la valía profesional de los directivos de las administraciones públicas locales.
Las Palmas de Gran Canaria, 22 de septiembre de 2015
El reciente proceso electoral vinculado a la renovación de la representación política en las corporaciones locales ha traído consigo la posterior apertura de procedimientos conducentes a la contratación de “personal eventual directivo”.
Esta categoría laboral, vinculada a la profesionalización de la administración local, se basa en la competencia profesional y experiencia en el desempeño de puestos similares, además de en una implícita “confianza política”. Lamentablemente, la experiencia apunta a una aplicación sesgada de este doble criterio (capacitación profesional y confianza política) en detrimento de la idoneidad y cualificación y que desvirtúa muchos de estos procedimientos.
La Junta Directiva de la APGCC quiere manifestar su preocupación por el uso de criterios claramente insuficientes e inadecuados para definir las mínimas competencias profesionales para el desempeño de puestos directivos de relevancia en el ámbito concreto de las políticas públicas en materia de cultura.
El ejercicio profesional de la gestión cultural ha ido adquiriendo en las últimas décadas una mayor exigencia en cuanto a la formación académica y experiencia mínima de sus profesionales. Por ello, consideramos que la confianza política puede ser tenida en cuenta como condición necesaria, pero no suficiente, ni en detrimento de la valía profesional de los directivos de las administraciones públicas locales.
Las Palmas de Gran Canaria, 22 de septiembre de 2015
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