Subvenciones para proyectos y actividades culturales 2012
CÓDIGO DEL PROCEDIMIENTO: 1211
DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO: Subvenciones para proyectos y actividades culturales 2012
CONSEJERIA: Cultura y Patrimonio Histórico y Cultural
SERVICIO: Cultura y Patrimonio Histórico
Normativa Aplicable:
Convocatoria para el año 2012, de subvenciones para proyectos y actividades culturales publicada en el B.O.P. nº19 de 10 de Febrero de 2012.
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (LGS)
Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
Ordenanza General de Subvenciones del Cabildo de Gran Canaria, publicada en el BOP Las Palmas nº 166 de 26 de diciembre de 2008
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las AAPP y del Procedimiento Administrativo Común.
Objeto del procedimiento:
Regular la concesión de subvención, en régimen de concurrencia competitiva durante el año 2012, para proyectos y actividades culturales.
Requisitos para el inicio o trámite del procedimiento:
Podrán ser beneficiarios de dicha subvención los siguientes:
Empresas privadas que realicen actividades de carácter cultural
Particulares
Fundaciones y asociaciones culturales, sin animo de lucro inscritas en el Registro de Asociaciones y Fundaciones del Gobierno de Canarias a la fecha de presentación de la solicitud
Además se deberán cumplir los requisitos fijados en el Art. 5 de la convocatoria.
Relación de documentación necesaria para el inicio o tramitación del procedimiento:
Al margen de la documentación que se especifica en la convocatoria, se adjuntan los siguientes modelos que se encuentra a disposición de los interesados en la Oficina de Información y Atención al Ciudadano (OIAC) (C/ Bravo Murillo nº 23 accediendo por la C/ Pérez Galdós. Planta baja del Edificio Anexo a la Casa Palacio, Las Palmas de Gran Canaria) o bien puede ser descargado directamente pulsando en los siguientes enlaces:
Anexo I. Solicitud Subvención
Anexo II. Declaración Responsable
Anexo III. Declaración Jurada
Anexo IV. Documento en el que se pone de manifiesto la relación que tiene la actividad a subvencionar con los criterios de adjudicación del Art. 10 que procedan.
Lugar de presentación de la solicitud y documentación:
Toda la documentación se presentará preferentemente en el Registro General de la Corporación (C/ Bravo Murillo, 23, entrada por Pérez Galdós, Las Palmas de Gran Canaria) o en cualquiera de los Registros Desconcentrados del Cabildo y demás lugares previstos en el art. 38.4 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, que son:
En los Registros de los Órganos Administrativos a que se dirijan
En los registros de cualquier órgano administrativo, que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas, o a la de alguna de las Entidades que integran la Administración Local si, en este último caso, hubiese suscrito el oportuno convenio
En las oficinas de Correos en la forma que reglamentariamente se establezca
En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero
En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes
Plazo de presentación de la solicitud y documentación:
El plazo de presentación de solicitudes será de 30 días naturales a partir del día siguiente a aquel en que se haya publicado la presente convocatoria en el Boletín Oficial de La Provincia de Las Palmas.
Fecha de Inicio del plazo de presentación: 11/febrero/2012
Último día de plazo de presentación: 12/marzo/2012
Plazo de Resolución:
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento será de máximo cuatro meses, computados a partir de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas.
Órgano Resolución:
Consejero de Cultura y Patrimonio Histórico y Cultural
Recursos:
Recurso potestativo de reposición, ante el mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de UN MES contado a partir del día siguiente a la notificación o publicación, si el acto fuera expreso; o TRES MESES a partir del día siguiente a aquel en que, de acuerdo con su normativa específica, se produzca el acto presunto, conforme a lo establecido en el art. 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y el Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Recurso contencioso-administrativo ante el órgano jurisdiccional en el plazo de DOS MESES contados desde el día siguiente a la notificación o publicación del acto que ponga fin a la vía administrativa, si fuera expreso; si no lo fuera, el plazo será de seis meses y se contará a partir del día siguiente a aquel en que, de acuerdo con su normativa específica, se produzca el acto presunto; según dispone el art. 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Observaciones:
La validez de la información que aquí se recoge es orientativa, por lo que no tiene carácter oficial, para más información consulte la convocatoria publicada en el BOP. nº19 de 10 de Febrero o la normativa que regula este procedimiento.
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